miércoles, 24 abril, 2024

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Agustín Arencibia (NC): Mentira tras mentira…

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La penúltima mentira de éste «Pinocho político», la viene arrastrando desde el día 29/04/2016, cuando dijo públicamente, que el nuevo texto del Reglamento de Cementerios, Tanatorios, Servicios Funerarios y otros servicios mortuorios, aprobado en el pleno de hoy, será publicado en los próximos días en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).

A fecha de hoy 14/05/2016, sigue sin aparecer en el BOP. En pocas palabras, queda claro que has mentido, como siempre, ya nos parece que la mentira la llevas en tus genes internos.

Si aún no ha sido publicado el «NUEVO REGLAMENTO», eso significa que el anterior AÚN sigue en vigor, por lo tanto y para que no te esfuerces mucho, te voy a dejar muy claro, todo lo que esa Concejalia de la que eres cabeza visible, infringe y que puede ser denunciado por cualquier ciudadano, pero eso es otra historia, mientras haya ciudadanos que os hagan la ola.

En la página 4249 del BOP número 38 del 28/03/2003, nos encontramos con el:

Artículo 5. En los cementerios municipales en su conjunto se dispondrá, al menos de:

1.  Crematorio destinado a la destrucción de ropas y todos aquellos objetos que no sean restos humanos, procedentes de la evacuación y limpieza de sepulturas.

NO EXISTE

2. Sector destinado al entierro de los restos humanos procedentes de abortos, intervenciones quirúrgicas y amputaciones.

NO EXISTE

4. Dependencias administrativas, dotadas con ordenadores.

NO EXISTE

5. Instalaciones para el aseo y desinfección del personal de los cementerios (en cada uno de los cementerios municipales).

NO EXISTE

En la página 4252 del BOP. número 38, del 28/03/2003, nos encontramos con:

Capítulo II. De las Empresas Funerarias.

Artículo 30. Toda empresa de servicios funerarios radicada en el Municipio, debe disponer de los medios siguientes:

a) Personal idóneo (no ponemos en dudad la idoneidad y la profesionalidad del personal) suficiente, dotado con prendas exteriores protectoras.

NO SE CUMPLE

Articulo 181. Sanciones:

a) Las faltas leves serán sancionadas con apercibimiento o multa de hasta 600 (SEISCIENTOS EUROS).

b) Las faltas graves serán sancionados con multa de hasta 3.000 (TRES MIL EUROS).

c) Las faltas muy graves serán sancionados con multa de hasta 15.000 (QUINCE MIL EUROS) y, en su caso con la revocación de la autorización.

Artículo 178. Se consideran infracciones muy graves:

b) Incumplimiento de las disposiciones sanitarias o judiciales relativas a la inhumación, exhumación, conducción, traslado, conservación, y demás operaciones sobre los cadáveres.

Artículo 182. 

En la imposición de las sanciones se tendrán en cuenta para graduar las cuantías de las multas criterios de riesgo para la salud o la seguridad de las personas o lugares, posición en el mercado del infractor, cuantía del beneficio obtenido, grado de intencionalidad, gravedad en la alteración social producida, generalización de la infracción y la reincidencia.

Artículo 183. 

La responsabilidad de naturaleza administrativa prevista en el presente Reglamento, no excluye la responsabilidad exigible en las vías civil y penal; y sin perjuicio de la estricta observancia de lo dispuesto en texto constitucional y demás normas legales desarrolladas al respecto.

Artículo 184. 

En los supuesto en que las infracciones pudieran ser constitutivas de delito o falta, se dará inmediato traslado de los hechos al órgano jurisdiccional competente con idéntica salvedad legal que le establecida en el último inciso del artículo anterior.

Artículo 185. Tramitación del expediente:

1. Será competente para iniciar el expediente sancionador el Sr. Alcalde-Presidente de este
Ayuntamiento de Telde, o por delegación, al/los Concejal/es Delegado/s de la materia.

Bien, a la vista de la cantidad de cosas que no se cumplen del reglamento, podemos tener claro, que hasta la fecha no se ha sancionado a nadie por utilizar el Tanatorio para dar clases de Tanatopraxia a unos alumnos que «presuntamente» no se habían vacunado como manda la Ley,  igualmente no se ha explicado si la «presunta titulación» del «profesor» es valida y por lo tanto está en vigor.

Seguimos sin saber cuándo se solicitó al Ayuntamiento, la utilización del Tanatorio como aula de prácticas.

Seguimos sin saber si un socio de la concesión del Tanatorio puede autorizarse a si mismo para dar las clases de tanatopraxia en el interior del Tanatorio.

Seguimos sin saber si se ha cobrado la cuota correspondiente a la empresa concesionaria del Tanatorio, o aún están»NEGOCIANDO».

Seguimos sin tener noticias de la Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias, sobre el asunto de las clases de Tanatopraxia dentro del Tanatorio de Las Rubiesas.

Seguimos sin tener contestación del Colegio Oficial de Médicos de ésta provincia, que al parecer, ni está, ni se le espera.

Cobrar por no hacer nada, todo lo contrario, crear y crear problemas

La razón de vida de un político es cobrar a fin de mes por no hacer nada, todo lo contrario, su trabajo consiste en crear y crear problemas, que nunca resolverá, unas veces por desconocimiento y otras para joder al prójimo, que al parecer es su único destino en el espacio.

Agustín Arencibia, desconoce todo los temas que se refieran a Cementerios y Tanatorios, al parecer está a la espera de lo que le digan sus asesores, otros que tal bailan, cobrar por no asesorar. El mundo al revés.

Vayamos por partes, que es que éste hombre no se entera:

1º. – La apertura de un nicho, tumba o fosa, tienen «POR LEY», día y hora. Da lo mismo lo que diga o piense en concejal, LA LEY es LA LEY  y se cumple. Ademas de que «el desconocimiento de la ley, NO EXIME DE LA PENA»

2º. – Por cada apertura de nicho, tumba o fosa, el Ayuntamiento responsable del Cementerio, cobra un impuesto, que se abona religiosamente.

3º. – La extracción de restos, ya sea para recogerlos en una bolsa y depositarlos en el fondo de un nicho, tumba o fosa, y poder enterrar en dicho lugar a otro difunto, le repito, que eso tiene DÍA Y HORA, no valen esperas y por supuesto que si esos restos cadavéricos van con destino a un horno crematorio, se exige una puntualidad exagerada o todo el sistema se cae como las fichas de un domino.

4º. – Por supuesto que dichas extracciones producen unos restos materiales consistentes en mortajas, maderas, cristales, cerraduras y bisagras, que debemos depositar en algún lugar autorizado para ello, en el caso de los cementerios de Telde, existen unos depósitos para el asunto en cuestión.

5º. – Dichos depósitos son propiedad de una empresa «MARTINEZ CANO» contratada para ésta cuestión, por el Ayuntamiento de Telde.

6º. – Los frailes de los cementerios de Telde, no pueden parar los fallecimientos, la gente cuando se muere, no tiene ni día ni hora. Si los depósitos estaban llenos y el concejal de Cementerios no da una respuesta inmediata, no se puede parar, es totalmente imposible.

7º. – Se rumorea por ahí, que la empresa MARTINEZ CANO, ya estaba harta y corto el grifo hasta que paguen. Por lo tanto, si es así, dicha empresa tiene todo el derecho del mundo, no se puede estar meses y meses trabajando por la cara y por supuesto no podemos echarles en cara nada de nada.

Ya puestos, nos vamos a las manifestaciones del susodicho elemento que se dice Concejal de Cementerios, aparecidos en su HOLY BIBLE oficial, osease «TA,TA,TA,» él no sabía nada y ha abierto una investigación desde la CONCEJALÍA DE HILL STREET, donde las investigaciones se pierden en el tiempo, aún estamos esperando la investigación del tema TANATORIO LAS RUBIESAS y lo que le queda….

Y dice:

NIEGO RETRASOS SIGNIFICATIVOS EN LOS PAGOS A MARTINEZ CANO

En pocas palabras, que «SI» se le debe dinero a la empresa en cuestión. Lo jodido es que la empresa cobra 200 euros al mes por el alquiler del depósito, han oído bien  200 euros mensuales.

Y dice:

DE HECHO EL NUEVO GOBIERNO AFRONTO EN ÉSTE MISMO MANDATO EL PAGO DE NUMEROSAS FACTURAS DE LOS AÑOS 2014 Y 2015

En menos palabras, que la deuda no era de dos o tres meses, la cosa ya traía cola y la que traerá……. si no tienen dinero para pagar 200 euros mensuales a MARTINEZ CANO, ni 300 euros para unas gafas de un menor de edad, ni 600 euros mensuales para pagarles a los frailes y rematan con perdonarles la deuda dicen que «presuntamente»  MEDIO MILLÓN DE EUROS a los concesionarios del Tanatorio, que coño podemos esperar de éste ayuntamiento, justamente que sigan

TOCANDONOS LOS COJONES

Y todo empezó con:

Trabajadores del Servicio de recogida de residuos sólidos se han encontrado con restos fúnebres en los contenedores de basura en su primer día de trabajo tras la huelga en Telde. Los desechos de las exhumaciones se dejan en unas bañeras especiales, pero la empresa ha dejado de prestar este servicio por falta de pago.

Restos de las cajas mortuorias de los enterramientos en el cementerio de San Gregorio se han depositado en los últimos días en contenedores de basura ubicados en el interior del camposanto.

Fuente: Blog Faycaneros / Doramas

Florentino López Castro

Florentino López Castro

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