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CANARIAS ES UNA DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS CON MÁS MUJERES MIGRANTES EN SITUACIÓN DE IRREGULARIDAD LABORAL EN EL EMPLEO DOMÉSTICO

El Observatorio de Derechos Sociales de Canarias (ODESOCAN) estima que entre 718 y 4.506 mujeres migrantes trabajan actualmente en hogares canarios sin contrato ni alta en la Seguridad Social. La cifra, correspondiente a abril de 2026, se obtiene triangulando los registros administrativos de la Seguridad Social, encuestas sectoriales nacionales y un análisis comparado del peso demográfico del archipiélago. El estudio se publica en un momento clave: el pasado 14 de abril, el Consejo de Ministras y Ministros aprobó el Real Decreto 316/2026, que da comienzo al proceso de regularización administrativa extraordinaria, una medida que podría beneficiar a unas 500.000 personas en todo el Estado.

Principales hallazgos

Una invisibilidad estructural medida con tres métodos. Partiendo de las 2.153 mujeres extranjeras afiliadas al Sistema Especial de Empleadas del Hogar en Canarias, el equipo aplicó dos aproximaciones complementarias. La primera, conservadora, toma el ratio documentado por la Universidad de A Coruña y la Plataforma por un Empleo del Hogar y de Cuidados con Plenos Derechos (2024), según el cual una de cada cuatro mujeres migrantes del sector se encuentra en situación irregular: el cálculo arroja 718 mujeres como suelo. La segunda compara el peso demográfico de Canarias (el 4,62% de la población estatal) con su peso en afiliaciones (apenas el 1,49% del total estatal). Esa brecha de 3,13 puntos porcentuales -la segunda mayor del Estado tras Andalucía- equivale a un déficit de afiliación de 4.506 trabajadoras, que se adopta como techo estructural.

El silencio estadístico también es un dato. Un tercer método basado en microdatos de la Encuesta de Población Activa tuvo que descartarse por inviabilidad muestral: el cruce de comunidad autónoma, género, nacionalidad y ocupación en Canarias arrojó apenas 10 y 36 casos en los Grandes Grupos 9 y 5 respectivamente, con coeficientes de variación superiores al umbral de publicabilidad del INE. Para ODESOCAN, “esta opacidad no es neutra: reproduce y legitima la violencia que pretende medir”.

Violencia y pobreza laboral. El informe recoge evidencia recopilada por Oxfam Intermón en 2026 y respaldada por 150 organizaciones del Estado: el 49,2% de las trabajadoras del hogar encuestadas afirma haber vivido alguna forma de violencia laboral. Entre las más frecuentes, control excesivo mediante cámaras, llamadas y mensajes constantes (49,2%), faltas de respeto e insultos (47,8%), impago de salarios (29,7%), proposiciones sexuales (17,1%), violencia física (17,1%) y tocamientos sin consentimiento (8,5%). Tres de cada diez trabajadoras del sector no obtienen ingresos suficientes para salir de la pobreza.

El precedente de 2005 y sus límites. La única regularización con impacto documentado en el sector es la de 2005, que en un año redujo la tasa de irregularidad del 70% al 45%. El efecto, sin embargo, no fue duradero: la irregularidad volvió a crecer hasta que la reforma de 2012 obligó a cotizar desde la primera hora. Desde 2018, las afiliadas al Sistema Especial han caído un 17% en el conjunto del Estado, pasando de 419.000 a 347.000 en mayo de 2025.

Implicaciones en el contexto actual

La regularización extraordinaria que arranca en 2026 abre una ventana de oportunidad para mujeres atravesadas por cuatro capas simultáneas de invisibilización: ser mujer, trabajar en cuidados, ser migrante y carecer de documentación. ODESOCAN advierte, sin embargo, que el reconocimiento administrativo no garantiza por sí solo la equiparación de derechos ni el cierre de la brecha de género. La precariedad estructural del sector exige medidas complementarias en política fiscal, inspección laboral con perspectiva de género y, sobre todo, el reconocimiento económico del trabajo de cuidados, que según el Diagnóstico de Cuidados de Larga Duración de Acufade alcanza en Canarias los 3.174 millones de euros anuales -cuatro veces el presupuesto de la Consejería de Bienestar Social y el 5% del PIB regional-. Sin estas medidas, alerta el observatorio, el proceso de 2026 corre el riesgo de reproducir la paradoja de 2005: un impacto inicial seguido del retorno a la informalidad.

DATOS DEL INFORME

A partir de datos de la Seguridad Social e investigaciones relacionadas, Odesocan estima que en Canarias podrían haber hasta 4.429 mujeres empleadas en el ámbito doméstico en situación administrativa irregular.

Una de las grandes dificultades de investigar las condiciones de las trabajadoras migrantes no documentadas es que no suele haber datos o los pocos que hay se presentan de forma fragmentada a través de investigaciones cualitativas en momentos y geografías puntuales, lo cual impide una estimación precisa de las personas que se encuentran en dicha situación, y aún menos si entramos en detalle. Cabe señalar que, el ámbito de trabajo doméstico es uno de los sectores más invisibilizados y que según datos arrojados por la Universidad de A Coruña y la Plataforma por un Empleo del Hogar y de Cuidados Con Plenos Derechos (2024): una de cada cuatro mujeres migrantes empleadas en el sector se encuentra en situación irregular. En este sentido, encontramos hasta 4 capas de invisibilización/violencia social: mujeres, cuidados, migrantes y sin documentar.

En el trabajo doméstico encontramos, al menos, tres perspectivas:

El punto de partida del problema es jurídico. A la luz del artículo primero, apartado 4 del Real Decreto 1620/2011, el objeto de la relación especial de empleadas domésticas es muy amplio, puesto que comprende en general todos los servicios susceptibles de prestarse en el hogar familiar: «cualquiera de las modalidades de las tareas domésticas», como la limpieza del hogar, el cuidado o atención a quienes conforman la unidad familiar, hacer la comida, tareas de guardería, jardinería, conducción de vehículos, lavado y planchado, compras domésticas o recados. La amplitud con la que se expresa el Real Decreto habilita que la persona que se dedique a las tareas domésticas asuma todas ellas, junto con sus riesgos (laborales, psicosociales, jurídicos, sanitarios etc), en su conjunto.

Por otro lado, la perspectiva académica representada en el trabajo de Carrasco, Borderías y Torns en 2011 se señalan al menos tres esferas de acción del trabajo doméstico: producción de bienes materiales en el mantenimiento físico de las personas, cuidado directo de personas y gestión de los afectos y las relaciones sociales del entorno. En este sentido, cada área comprende una serie de conocimientos, aptitudes y actitudes diferenciales que jurídica y socialmente se amalgaman como un todo único e indivisible. En el caso de la literatura empírica Díaz Gorfinquel y Martínez-Buján (2018) indica que en España alrededor del 65% de las empleadas domésticas son extranjeras y que el último estudio de Oxfam Intermón indica que el 87,2% de las personas ocupadas son mujeres y que el 69% es población extranjera. Asimismo, se encontró que 3 de cada 10 personas empleadas en el sector del trabajo doméstico no logran ingresos suficientes con su trabajo para salir de la pobreza.

La limitación de las dos perspectivas anteriores es la misma que contiene esta investigación, pues trata sobre fenómenos y problemáticas diagnosticadas y en el caso jurídico reguladas, desde afuera, donde el sujeto político que diagnostica y articula posibles vías de solución no son las mujeres migrantes que trabajan en el sector. En este sentido, se podría denominar este enfoque como inmersivo-realista por su cercanía y precisión hacia el fenómeno que analiza.

Por ello, se ha optado por incluir una entrevista realizada por Acufade a Alexa Patricia Martínez Mazabel (Acufade, 2025), periodista e integradora social, que relata la situación actual de la mujeres extranjeras empleadas domésticas y al preguntarle sobre el papel que desempeñan en el sector de los cuidados y el trabajo doméstico responde:

¿Cuál es el papel que las mujeres desempeñan en el sector del hogar y de los cuidados? Si te digo el escenario del sistema es de mujer explotada, de una nadie con la que se puede hacer absolutamente de todo. Despedirla cuando me parezca necesario, pagarle el salario que yo considere y no el establecido por ley, vulnerar su derecho a las vacaciones, a las horas nocturnas, un largo etcétera.

Otro tipo de violencias que sufren las cuidadoras, que no lo digo yo, lo dicen los diagnósticos que se han realizado por parte de organizaciones defensoras de derechos humanos y organizaciones de cuidadoras. Mujeres que son víctimas de trata de personas, violencia laboral, explotación laboral, violencia física, violencia verbal. Es una violencia sistemática porque las mujeres no tienen cómo conocer o identificar para reclamar y reivindicar esos derechos.

El desarrollo de la entrevista es un análisis jurídico-político y socioeconómico del papel que juegan las mujeres migrantes en el sostenimiento de los modelos de bienestar en Occidente y más concretamente en Canarias. Precisamente, las declaraciones de Martínez Mazabel respaldan una de las últimas investigaciones realizadas por Oxfam (Oxfam, 2026) y que suscriben 150 organizaciones de todo el Estado. Asimismo, se encuentra que el 49,2% de las trabajadoras encuestadas afirmaban haber vivido algún tipo de violencia en el trabajo a lo largo de su trayectoria laboral. En este sentido las violencias más comunes eran el exceso de control mediante cámaras de vigilancia, mensajes y llamadas constantes (49,2%); recibir faltas de respeto, insultos y discriminación (47,8%); impago de salarios (29,7%); recibir proposiciones de naturaleza sexual (17,1%); violencia física (17,1%); y sufrir tocamientos de naturaleza sexual sin consentimiento (8,5%).

Como consecuencia, ser una mujer extranjera sin una situación administrativa regulada en Canarias supone una exposición a un grado de violencia incompatible con un modelo de gobierno vinculado legalmente a defender un Estado social, democrático y de derecho, incumpliendo frontalmente el artículo 14 de la Constitución Española. Por ello, desde Odesocan, ante la falta de datos, nos hemos preguntado ¿Cuántas mujeres se encuentran actualmente en situación administrativa no regulada en Canarias mientras trabajan en hogares como cuidadoras?

La estimación del número de mujeres migrantes que trabajan en el empleo doméstico en Canarias sin contrato ni alta en la Seguridad Social se construyó a través de un proceso iterativo de tres métodos que operan como aproximaciones complementarias al fenómeno, dado que la irregularidad laboral es por definición opaca a los registros administrativos y las fuentes estadísticas convencionales no permiten su medición.

Método 1 – Ratio de literatura (límite inferior)

El primer método parte del dato de afiliación al Sistema Especial de Empleados del Hogar de la Seguridad Social para Canarias, extraído del fichero Afiliación Medios Extranjeros 2026 CNAE25 (abril de 2026). Resulta relevante señalar que la propia denominación oficial del sistema mantiene una formulación en masculino genérico    (“Empleados del Hogar”), sin incorporar plenamente una perspectiva de género acorde al principio de transversalidad reconocido tanto en normativa europea, especialmente en el artículo 8 del Tratado de Funcionamiento de la UE, como  en LO 3/2007, del 22 de marzo.

Según esta fuente, constan  2.153 mujeres extranjeras afiliadas, de las cuales 2.016 proceden de países no comunitarios y 136 de la Unión Europea. Sobre este denominador se aplica el ratio de irregularidad documentado por la Universidad de A Coruña y la Plataforma por un Empleo del Hogar y de Cuidados Con Plenos Derechos (2024): una de cada cuatro mujeres migrantes empleadas en el sector se encuentra en situación irregular. Dado que ese ratio fue obtenido sobre una muestra que incluía tanto a trabajadoras regularizadas como a irregulares, las mujeres afiliadas a la Seguridad Social representan el 75% del total real, y las irregularizadas el 25% restante.

El cálculo resultante (2.153 × 0,25/0,75) arroja una estimación de 718 mujeres, que se adopta como límite inferior conservador del rango. Su principal limitación es que el ratio proviene de una encuesta nacional con muestra reducida (n=399) y que, según el Observatorio Trimestral del Mercado de Trabajo de Fedea y BBVA Research (febrero de 2026), Canarias presenta una incidencia proporcional del empleo irregular extracomunitario superior a la media estatal, por lo que el método nacional subestima sistemáticamente la situación del archipiélago.

Método 2 – Brecha demográfica (límite superior)

El segundo método parte de un contrafactual: si Canarias tuviera el mismo nivel de formalización del empleo doméstico extranjero que la media española, el número de mujeres extranjeras afiliadas en el Sistema Especial de Empleados del Hogar debería ser proporcional al peso demográfico del archipiélago sobre el conjunto del Estado. Canarias representa el 4,62% de la población española (INE, Censo Anual 2024), pero solo el 1,49% de las mujeres extranjeras afiliadas en el hogar a nivel nacional según datos de la Seguridad Social (144.139 personas). La brecha es de -3,13 puntos porcentuales, la segunda más pronunciada de todas las comunidades autónomas tras Andalucía. El número de afiliadas esperadas bajo proporcionalidad demográfica sería de 6.659, lo que implica un déficit de afiliación de 4.506 mujeres, adoptado como límite superior estructural. Su limitación es que asume que toda la brecha responde a irregularidad, sin poder descartar que otras causas concurrentes -diferencias en la composición por origen o en la demanda relativa de cuidados formalizados- contribuyan parcialmente al déficit.

Método 3 – Diferencial EPA–Seguridad Social (descartado)

Se exploró un tercer método basado en los microdatos de la Encuesta de Población Activa del primer trimestre de 2026, cruzando la variable de ocupación CNO-11 (Grandes Grupos 5 y 9, que incluyen servicios personales y ocupaciones elementales respectivamente) con la variable de nacionalidad y la situación de actividad según criterio OIT, para Canarias. El objetivo era comparar el número de mujeres extranjeras que la EPA identifica como ocupadas en esas categorías con el número de afiliadas registradas en la Seguridad Social, tomando la diferencia como estimación de irregularidad. El método fue descartado por tres razones concurrentes. Primera, el tamaño muestral de Canarias para ese cruce resultó estadísticamente inviable: solo 10 casos en el Gran Grupo 9 y 36 en el Gran Grupo 5, con coeficientes de variación superiores al umbral de publicabilidad del INE (CV > 20%). Segunda, el ratio nacional del 28,7% de mujeres extranjeras ocupadas en ocupaciones de hogar y cuidados no es trasladable a Canarias sin sesgo territorial, dado que el Gran Grupo 5 nacional incluye volúmenes de hostelería, comercio y turismo con una composición muy distinta a la canaria. Tercera, la diferencia EPA–SS no equivale exclusivamente a irregularidad laboral: incorpora también pluriempleo, trabajo ocasional no declarado, diferencias de período de referencia entre ambas fuentes y errores de clasificación entre la nomenclatura CNO y la CNAE.

El valor del análisis de microdatos EPA no reside en la cifra sino en un hallazgo cualitativo de primer orden: la imposibilidad de obtener estimaciones estadísticamente fiables para el cruce de comunidad autónoma, sexo, nacionalidad y ocupación en Canarias es en sí misma una evidencia de la invisibilidad estadística del colectivo. Cuando las instituciones encargadas de producir el conocimiento estadístico no generan estimaciones robustas sobre un grupo social, esa opacidad no es neutra: reproduce y legitima la precariedad que pretende medir.

Cifras adoptadas y justificación

El rango estimado de mujeres migrantes en situación de irregularidad laboral en el empleo doméstico en Canarias se sitúa entre 718 y 4.506 personas (abril de 2026). Se adoptan ambos límites con sus lógicas diferenciadas: el límite inferior (718) es el resultado de aplicar el único ratio de irregularidad sectorial disponible en la literatura española; el límite superior (4.506) es el déficit de afiliación respecto a lo que correspondería a Canarias por su peso demográfico, e interpreta ese déficit como expresión de la irregularidad estructural del archipiélago. La cifra real se sitúa previsiblemente en la mitad superior del rango, dado que la evidencia disponible – el perfil productivo canario, la mayor incidencia proporcional del empleo irregular extracomunitario documentada por Fedea y BBVA Research, y el déficit de afiliación observado en los registros de la Seguridad Social- apunta de forma convergente a una informalidad estructural que supera con claridad el escenario conservador. En ningún caso deben interpretarse como estimaciones puntuales, sino como el intervalo dentro del cual se mueve el fenómeno con las fuentes públicas actualmente disponibles. La precisión adicional requeriría acceso a la Muestra Continua de Vidas Laborales del Ministerio de Inclusión, que combina para la misma persona la ocupación CNO, el régimen de afiliación y la nacionalidad, y cuya explotación se propone como línea de investigación futura.

Reflexión

El pasado 14 de abril de este año el Consejo de Ministros y Ministras  aprobó el Real Decreto 316/2026 que da comienzo al proceso de regularización administrativa extraordinaria. Entre los principales requisitos se encuentra el haber permanecido de forma ininterrumpida en España durante al menos 5 meses a contar desde el 31 de diciembre de 2025 y carecer de antecedentes penales. Se estima que alrededor de 500.000 personas podrían ser beneficiarias de esta medida, una práctica política frecuente en España, desde la realizada por primera vez en 1986 se han realizado 6 sin contar la actual. Pero ¿Estas regularizaciones han tenido algún tipo de impacto sobre las trabajadoras domésticas?

La regularización de 2005: el único precedente con impacto documentado en el sector doméstico

La regularización de 2005 es la más relevante para el análisis porque es la única cuyo impacto específico sobre el empleo doméstico está documentado con datos de afiliación.

El 45% de las personas que trabajan en el servicio doméstico en España son extranjeras, cifra muy inferior al máximo del 70% registrado en 2005. Fue en ese año cuando se produjo la regularización de residentes en España con contrato. Durante el proceso de afloramiento ocurrido a lo largo de 2005, el número de personas extranjeras afiliadas al sistema de trabajo del hogar superó por primera vez el umbral de 250.000, cayendo bruscamente hasta 2007, para recuperarse algo durante los primeros años de la Gran Recesión.

En 2004 la tasa de irregularidad en el empleo doméstico llegaba al 70%. Un año después, coincidiendo con el proceso de regularización de 2005, la tasa descendió al 45%. A partir de 2012 y como consecuencia de las reformas legislativas introducidas en la Ley 27/2011 por el que se incluye el Régimen Especial de Empleados del Hogar en el Régimen General de la Seguridad Social, la tasa se redujo de forma notable, hasta alcanzar en 2015 el 24%, una cifra que a pesar de todo sigue siendo elevada.

Es decir, la regularización de 2005 redujo la tasa de irregularidad en el sector doméstico en 25 puntos porcentuales en un solo año, del 70% al 45%. Es el único precedente empírico disponible sobre el efecto que puede tener una regularización masiva en este sector específico.

La paradoja post-regularización: el efecto rebote

Pero el mismo dato revela algo crítico: el efecto no fue permanente. La tasa volvió a subir tras 2007 y solo volvió a caer con la reforma regulatoria de 2012 que obligó a cotizar desde la primera hora. Esto confirma el patrón estructural que señalaba UGT: desde 2018, el número de empleadas de hogar afiliadas al Sistema Especial ha caído un 17%, pasando de 419.000 a 347.000 en mayo de 2025. Esta reducción contrasta con la EPA, que estima más de medio millón de personas ocupadas en el sector. Esto implica que aproximadamente un 40% del empleo doméstico se encuentra en la economía sumergida, una cifra que crece conforme aumentan las exigencias regulatorias (Díaz Gorfinkel, 2016; FUNCAS, 2023)

Lo que distingue la regularización de 2026 de las anteriores

Hay tres diferencias estructurales respecto a los precedentes que condicionan su impacto potencial en el sector doméstico:

Primera diferencia – El umbral de tiempo es muy bajo: sólo se exigen cinco meses de permanencia ininterrumpida antes del 1 de enero de 2026, frente a los requisitos más exigentes de procesos anteriores (en 2005 se exigía contrato en vigor). Esto amplía el universo potencial de beneficiarias en el sector doméstico, donde muchas trabajadoras llevan menos de un año en situación irregular.

Segunda diferencia – No requiere contrato previo para solicitar: a diferencia de 2005, la admisión a trámite no exige contrato firmado, solo acreditación de residencia. Pero sí se necesita un compromiso de contratación para la resolución favorable, lo que sigue trasladando el poder al empleador (art. 2a del RD 316/2026).

Tercera diferencia – El contexto normativo ha cambiado: la ratificación del Convenio 189 de la OIT (2023) y el Real Decreto-Ley 16/2022 han elevado el coste laboral de la formalización para quien emplea y profundizado en derechos (cotización por desempleo, evaluación de riesgos, justificación del despido). Esto puede generar un mayor incentivo a mantener la irregularidad que en 2005, cuando la formalización era más barata para la unidad convivencial empleante.

La regularización supone una ampliación de derechos en comparación con el momento anterior de invisibilización en el que se encontraban, al menos, 500.000 personas según se estima, una población superior a cada una de las capitales de provincia de Canarias. Sin embargo, esto no quiere decir que dichas personas pasen a un estadio de reconocimiento equiparable a la población residente, que la brecha de género en la renta se cierre o que el sector de los cuidados donde se ubica el trabajo doméstico sea valorado económica y socialmente como otras actividades.

Según señala Acufade en el Diagnóstico de Cuidados de Larga Duración se estima que en Canarias, cada año, el trabajo de cuidados no reconocido alcanza los 3.174 millones de euros lo cual supone 4 veces el presupuesto destinado a la Consejería de Bienestar Social o el 5% de todo el PIB superando a un sector como el industrial en 619 millones (Acufade, 2025; ISTAC, 2026). Por tanto, el nuevo desafío es la regularización de los cuidados como medida transversal de equidad social y económica como acción estabilizadora de parte de las personas que serán reconocidas por la nueva medida.

Bibliografía

Normativa

Convenio sobre las trabajadoras y los trabajadores domésticos, 2011 (núm. 189). Organización Internacional del Trabajo. https://www.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=NORMLEXPUB:12100:0::NO::P12100_ILO_CODE:C189

Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social. Boletín Oficial del Estado, 184, 2 de agosto de 2011. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-13242

Real Decreto 316/2026, de 14 de abril, por el que se regula el proceso de regularización administrativa extraordinaria. Boletín Oficial del Estado, 91, 16 de abril de 2026.

Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar. Boletín Oficial del Estado, 277, 17 de noviembre de 2011. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17975

Real Decreto-Ley 16/2022, de 6 de septiembre, para la mejora de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar. Boletín Oficial del Estado, 216, 8 de septiembre de 2022. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-14680

Fuentes académicas e institucionales

Acufade. (2025). Diagnóstico de cuidados de larga duración para la dependencia en Canarias. Asociación de Cuidadoras, Familiares y Amistades de Personas con Dependencia, Alzheimer y Otras Demencias.

Acufade. (2025). Entrevista a Alexa Patricia Martínez Mazabel, periodista e integradora social [Material audiovisual], disponible en https://www.youtube.com/watch?v=QAafxyG38V8&t=551s. Asociación de Cuidadoras, Familiares y Amistades de Personas con Dependencia, Alzheimer y Otras Demencias.

Carrasco, C., Borderías, C., y Torns, T. (2011). El trabajo de cuidados. Historia, teoría y políticas. Catarata / FUHEM.

Díaz Gorfinkiel, M. (2016). La reconfiguración del empleo doméstico en España: impacto de los cambios legislativos en el funcionamiento del sector. Revista Española de Investigaciones Sociológicas, 155, 97–111. https://doi.org/10.5477/cis/reis.155.97

Díaz Gorfinkiel, M., y Martínez-Buján, R. (2018). Mujeres migrantes y trabajos de cuidados: transformaciones del sector doméstico en España. Panorama Social Funcas, 27, 105–118.

Doménech, R., García, J. R., y Felgueroso, F. (2026, febrero). Observatorio Trimestral del Mercado de Trabajo (Boletín n.º 16). BBVA Research; Fedea. https://laboral.fedea.net/

Funcas. (2023, 30 de marzo). El trabajo doméstico representa menos del 2% del empleo regular en España. https://www.funcas.es/prensa/el-trabajo-domestico-representa-menos-del-2-del-empleo-regular-en-espana/

OXFAM-Intermón. (2024). Trabajo invisible y cuerpos rotos: el empleo de hogar y cuidados en España. OXFAM-Intermón. https://www.oxfamintermon.org/hubfs/Oxfam-Website/oi-informes/trabajo-invisible-empleo-hogar-cuidados.pdf

OXFAM-Intermón y Asociación Por Ti Mujer. (2026). Violencia sistemática en el empleo del hogar [Nota de prensa]. OXFAM-Intermón. https://www.oxfamintermon.org/es/nota-de-prensa/violencia-sistematica-empleo-hogar

Universidad de A Coruña y Plataforma por un Empleo del Hogar y de Cuidados Con Plenos Derechos. (2024). Encuesta sobre condiciones laborales en el empleo del hogar y de cuidados [Muestra n=399]. Universidad de A Coruña.

 

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